Justicia Digital, Inteligencia Artificial y Derechos Humanos
La justicia digital marca un nuevo paradigma de la sociedad de la información y el conocimiento jurídico. La tecnología jurídica es el punto de encuentro entre la tecnología y el derecho, implica utilizar tecnología y software para generar servicios legales más eficientes.
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El webinar se enfocará en la tecnología utilizada para atender el servicio esencial de acceso a la justicia, que es una necesidad imperiosa en México y el mundo. El entendimiento de los usos, mejores prácticas e implicaciones a los derechos humanos que la tecnología y la inteligencia artificial implican, resulta indispensable para la evolución de servicios legales y para la eficiencia de las instituciones jurisdiccionales.
El seminario se dividió en 7 módulos:
- Tendencias de Innovación y Justicia digital
- Justicia digital. Problemáticas e implicaciones
- Justicia digital. Problemáticas e implicaciones
- Inteligencia artificial en la justicia digital
- Justicia digital centrada en las personas
- Modelos regulatorios e incentivos para la justicia digital
- Educación para la justicia digital
El webinar se llevará a cabo de manera virtual con módulos de 10:00 a 12:00 am, el último jueves de mes, empezando el día 28 de enero de 2021. Cada mesa con ponentes nacionales e internacionales, impulsando un diálogo académico e interinstitucional entre sociedad civil internacional, gobierno, y academia, que permita socializar los proyectos de innovación e informática jurídica que actualmente utilizan los ponentes e instituciones participantes, con la finalidad de canalizar los esfuerzos para proponer soluciones innovadoras para mejorar el acceso a la justicia en México.
Escucha a los ponentes
Dr. José Eduardo De Resende
Doctor José Eduardo de Resende Chávez, presidente de la Unión iberoamericana de Jueces.
Es Doctor José Eduardo de resende es doctor en derechos fundamentales de la Universidad Carlos tercero de Madrid es magistrado camarista federal, jubilado del Tribunal Superior de trabajo de minas gerais y presidente de la Unión iberoamericana de jueces.
“Lo más importante de todo, es que tenga diversidad el equipo, para evitar discriminación”.
El Doctor comenzó hablando de los expedientes electrónicos, lo primero y muy importante es que estos cuentan con programas propietarios, con redes abiertas y la segunda cosa importantes es que también grandes empresas que utilizan una estructura de red quieren implantar el acceso al expediente electrónico desde la intranet no desde internet, situaciones que han sido parte del gran éxito de su expediente electrónico.
Es un código libre, público y de fácil acceso, es un tema importante para los juristas el desarrollar una teoría general, hoy en día ya se han desarrollado 10 principios distintos y específicos para formar un expediente. Otro tema importante es la Inteligencia Digital, ya cuentan con más de 10 o 15 algoritmos en funcionamiento, en el Poder Judicial, es un algoritmo diseñado para cada caso en especial.
Una cuestión importante para que un algoritmo se desarrolle de una manera correcta y eficiente es tener siempre en cuenta el respeto a los derechos fundamentales, a la gobernabilidad, la cualidad de seguridad que deben tener los datos de control del usuario.
Los jueces y los funcionarios tienen que tener el poder de cambiar el algoritmo, pero al mismo tiempo debe tener también una transparencia todo el proceso, por ejemplo el artículo 20 de la resolución 332 del Consejo Nacional de Brasil, impone que la composición de los equipos para investigación, desarrollo, implementación de soluciones computacionales y de inteligencia artificial deberá tener diversidad, tanto de raza, como de género, orientación sexual, personas con discapacidad, distintas generaciones, etcétera, diversidad que le permitirá tener diversas formas de pensamiento y opiniones para poder codificar algoritmos útiles para la sociedad y para el Estado.
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Victòria Alsina Burgués
Doctora Victoria Alsina, Directora Académica en el centro de Ciencias y Progreso de la Universidad de Nueva York.
Es licenciada en derecho por la UNAM, es maestra en Administración pública por el Instituto nacional de administración pública, también es maestra en derecho judicial por la Universidad Panamericana y doctora en derecho por la UNAM.
“Cuando hablamos de tecnología y justicia nos encontramos frente a una disyuntiva”.
La Doctora Alsina nos comentó que cuando hablamos de tecnología y justicia nos encontramos frente a una disyuntiva, pues en función de con quien estés y en qué acto, hay una cierta tentación a que quede claro o que pensemos que estamos en un mundo de posibilidades infinitas.
La definición de “gobierno abierto” invariablemente está relacionada con la lucha contra la corrupción. Otra clara definición es la letra “e” al principio de la palabra eJustice, que quiere decir que es la aplicación automática de la tecnología que va a permitir que seamos más abiertos, pero va aún más allá que eso también.
Las grandes dimensiones del gobierno abierto son los siguientes:
- El concepto de transparencia
- Los datos abiertos (datos que se ponen a disposición del público)
- Participación y colaboración (Cómo ser más transparentes, abrir datos y aumentar datos de participación)
Podemos estar de acuerdo en que todas las iniciativas que han intentado incluir más a los expertos han presentados 3 limitaciones:
- Iniciativas de aperturas de focalizan mucho en recolectar opiniones y preferencias de las personas. No está mal, pero se puede ir más lejos.
- Mejorar la legitimidad del sistema. - Tenemos la capacidad de mejorar la eficiencia del sistema, pero debemos cambiar como se trabaja y esto es muy costoso, hay que legitimar también la eficiencia.
- Nos hemos concentrado muy poco en cómo podemos digerir toda la información que adquirimos en el momento en que nos abrimos. Existen muchos poderes que han muerto de “indigestión”
La dimensión que más potencial tiene es la de datos abiertos porque cuando trabajamos en sistemas judiciales producimos una gran cantidad de datos y se pueden recolectar de manera ordenada y a partir de ahí aprender de cómo hacemos las cosas y en consecuencia mejorar nuestro sistema legal
Finalmente, existen dos tipos de legitimidad en este sentido:
- Legitimidad formal: ¿Cómo mejorar los procesos para selección de jueces y casos?
- Legitimidad funcional: Se relaciona estrechamente con la confianza.
¿Qué tecnología utilizamos? Hay que diferenciar dos retos: el nivel técnico y el nivel legal pues debemos observar que cambiar en las legislaciones para poder hacer la información fácil de compartir. Si tenemos datos abiertos podemos identificar juzgados y jueces saturados y ver el flujo de saturación con los años, disparidades de uso de jurisprudencia por geografía por temas o varias variables para tener un mejor presupuesto.
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Maurits Barendrecht
Doctor Maurits Barendrecht, Director de Investigación en HI
Él es director de investigación en HI donde ha dirigido investigaciones sobre juicios en línea, ha dirigido equipos que desarrollan innovaciones legales como un código de conducta para el sector de lesiones personales y directrices basadas en pruebas para impartir justicia familiar dirigió el desarrollo de la plataforma de Justicia en línea para el justiciero y furtivos revisan y diversas metodologías de medición de acceso a la justicia.
“”
El Doctor Maurits nos comentó en primer lugar que es lo que él hace, trabaja con un grupo de investigadores que realizan estudios sobre los derechos de los países en relación con las necesidades de justicia y los viajes de justicia. De igual manera trabaja con un equipo que se dedica a la innovación, del que recibimos información sobre qué innovación es más prometedora.
Así que apoyan a los innovadores de la justicia. El equipo con el que trabajan colabora con los líderes de la justicia para abordar las necesidades de la misma, facilitan diálogos en los que los líderes de los tribunales, los altos funcionarios, los líderes de la sociedad civil y otros que se reúnen para avanzar en la justicia centrada en las personas (people-centered justice), por lo que miran los datos para ver cuáles son los problemas más acuciantes.
Lo que aprendemos de las personas que experimentan problemas de justicia que fueron entrevistadas, de las personas que se convierten en empresarios de la justicia, de las personas que se convierten en ministros y presidentes de tribunales con los que hablamos y de las personas que investigan el acceso a la justicia, es que no se puede esperar por las tecnologías mágicas [1]: “no podemos esperar a que haya contratos blockchain, no podemos esperar a que los procedimientos se digitalicen por completo, tal vez sea posible en el futuro, cuando podamos codificar la empatía de las personas, pero no es posible esperar a eso, no podemos esperar a mapear con GPS todos los terrenos de México y asignar la propiedad de manera precisa a cada persona, no podemos esperar a eso”.
Esto es todo lo que aconsejamos para implementar el acceso a la justicia de forma sistemática y nuestro enfoque se basa en cinco estrategias básicas:
Se debe estudiar lo que funciona en los conflictos y los delitos, así́ que, si hay violencia doméstica, si hay un problema de tierras, hay que ver cómo la gente resuelve estos problemas ahora, y se verá́ una combinación de negociación, mediación y adjudicación. En el caso de la violencia doméstica, veremos un nuevo tipo de terapias inteligentes, no veremos la justicia penal en un sentido tradicional, veremos menos encarcelamiento, veremos a los jueces intentando reunir a la gente, veremos procesos de mediación obligatorios.
Después se debe ampliar estas formas de trabajo a millones de personas, eso es lo que el mundo necesita, tienen que llevar el acceso a la justicia a millones. Vemos que los servicios de justicia comunitaria en las comunidades funcionan, vemos que los sitios web empiezan a ofrecer contratos fáciles de usar, vemos que se están desarrollando procedimientos de núcleo único con una combinación inteligente de apoyo a la mediación y la adjudicación en línea con buena información, vemos aplicaciones y programas de prevención.
Lo que también es muy importante es buscar modelos de ingresos sostenibles, el sistema judicial no es muy bueno en cuanto a tasas y contribuciones inteligentes.
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Doctora Adriana Campuzano
Doctora Adriana Campuzano, Magistrada Administrativa del Poder Judicial Federal.
Es licenciada en derecho por la UNAM, es maestra en Administración pública por el Instituto nacional de administración pública, también es maestra en derecho judicial por la Universidad Panamericana y doctora en derecho por la UNAM.
“Estado de avance y desarrollo es desigual en mi país y que por supuesto, aunque tenemos muchísimas historias de éxito en algunas en algunos niveles como los federales y algunos Estados de la República en otras lamentablemente no es así”.
La magistrada comenzó hablando sobre justicia digital, sus problemáticas y sus implicaciones. Comentó que cuando hablamos de Justicia digital necesariamente nos remitimos a dos derechos fundamentales: el derecho a la tutela judicial efectiva y el derecho de acceso a las tecnologías. La Constitución mexicana recoge ambos derechos, el artículo del derecho a la tutela judicial fue reformado en el año 2017 y entre otras cuestiones exhorta a los tribunales a ejercer una justicia de fondo. Por lo que hace el derecho de acceso a las tecnologías se realizó una reforma en el año 2013 para las tecnologías de la información y la comunicación, incluyendo banda ancha e internet. La justicia digital la podemos encontrar en la confluencia de estos dos derechos fundamentales. Por ejemplo, el juicio en línea del Tribunal hoy en día es una práctica común y que ha ido evolucionando y mejorando conforme pasa el tiempo, más aún con la llegada de la Pandemia, situación que obligó a todos a enfocarse en soluciones digitales.
Cuando hablamos en México de Justicia digital estamos hablando de un núcleo duro de herramientas que se ponen al servicio de este propósito, básicamente hablamos de:
- la firma electrónica o algún tipo de firma, incluso puede ser la firma que se usa para efectos fiscales.
- Expediente electrónico o carpeta digital
- Notificaciones electrónicas
- Correo electrónico
- Buzones electrónicos
También existen un conjunto de principios que garantizan el manejo en la recolección, registro y almacenamiento de la información, así como la interacción con el usuario:
- Confiabilidad
- Inalterabilidad
- Pertinencia de la de la información
La impartición de Justicia se trata de un fenómeno en donde incide directamente el o los usuarios del servicio, pero también otros agentes como lo son los prestadores de servicios jurídicos, ellos son determinantes y no siempre están capacitados, ni interesados, ni sensibilizados para participar de manera activa y efectiva en el mejoramiento de la justicia.
También, por supuesto, está implicado en la justicia digital el derecho de acceso a la información, en este sentido, la obligación de rendición de cuentas de los tribunales se hace a través de la publicación y difusión de sus sentencias. Muy recientemente se aprobó una reforma exitosa en la Ley General de transparencia que obliga a todos los tribunales a publicar sus sentencias volviéndolas versiones públicas, de manera que cualquier persona puede acceder a ella de manera libre, irrestricta y con total protección a los derechos y datos de las partes. Esto abona de manera importante a la transparencia y a la rendición de cuentas.
Es de enorme relevancia para la justicia digital el derecho de acceso y de tutela judicial, ya que son un derecho puente, a través de este derecho se han podido hacer efectivos de una manera muy importante otros derechos que no tienen otra otras vías de efectividad como son los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales.
A partir de este conjunto de principios y de este conjunto de herramientas tecnológicas es que funciona en México la justicia digital.
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Doctor Carlos Bernal y Pulido
Doctor Carlos Bernal y Pulido, Profesor en la Universidad de Ohio.
Suma cum laude Externado de Colombia, es maestro en filosofía y doctor por la Universidad de Florida y también es doctor en derecho por la Universidad de Salamanca. Actualmente es profesor en la Universidad Dayton en Estados Unidos.
¨es importante hacer alusión de las dificultades que tienen los jueces para llevar a cabo su función, los jueces tienen deficiencias epistémicas normativas y fácticas¨
El Doctor nos habló de las audiencias de colaboración digital abierta, es importante hacer alusión de las dificultades que tienen los jueces para llevar a cabo su función, los jueces tienen deficiencias epistémicas normativas y fácticas, esas deficiencias se refieren a falta de conocimiento por parte del juez cuando llega a un proceso, ya que él no tiene toda la información, tanto desde el punto de vista normativo ni desde el punto de vista de la realidad.
Estas deficiencias normativas son radicales cuando se trata de la justicia constitucional, es decir cuando se trata de asuntos de interpretación de la Constitución, sobre todo las cláusulas de derechos fundamentales. A esas dificultades epistémicas normativas, se suman las dificultades prácticas. Tanto en el mundo del derecho continental como en el mundo del derecho a anglosajón se ha previsto que el proceso sea una interlocución, un diálogo entre el juez y las partes, en ese sentido, las partes presentan al juez sus argumentos y evidencias para que el juez tome una decisión.
Nos habló de 2 casos a modo de ejemplo, para poder dar mejor a entender las audiencias de colaboración digital abierta el primero fue la sentencia de unificación 141 de 2020, en el cual se estaba coartando la libertad de expresión y entrada de periodistas a audiencias públicas, mismo en el que se solicitó al público en general, más específicamente a los periodistas a dar su testimonio y mandar evidencia, en caso de tenerla, respecto del tema, situación que llevó a la corte a determinar que efectivamente se estaba coartando la libertad de expresión y libre entrada a los periodistas y se dictó sentencia en su favor.
El segundo caso es la sentencia C 194 de 2020, se trató de un control de constitucionalidad automático, del decreto más importante en materia financiera, el objetivo era financiar la pandemia y tenían 3 opciones, la primera: hacer una reforma tributaria, pero no era una solución rápida, la segunda: pedir un crédito a la banca internacional pero el peso colombiano se había devaluado mucho y esta no era una opción y la tercera: tomar prestado el dinero destinado a pagar las pensiones en Colombia en el futuro, al final la corte decidió que este decreto era posible, ya que la estrategia para devolver el dinero estaba bien planeada.
De estos ejemplos y en relación con el tema, el doctor destacó 7 puntos:
- El concepto de llamada abierta: se trata de una llamada abierta a cualquier persona incluso no tiene que ser ciudadanos cualquier persona que quiera ofrecer información fáctica o información normativa que sea de relevancia para la corte, puede hacerlo.
- Relevancia: interlocutores que tienen información y la Corte no sabe quienes son; debate entre interlocutores privilegiados.
- Llenar vacíos epistémicos normativos y fácticos.
- Incrementar la transparencia y control social y político de la Corte.
- Incrementar la legitimidad de la Corte como representante deliberativo.
- Incrementar la eficacia, por que quien participa se compromete a cumplir.
- Incrementar la eficacia por control político y social del destinatario de las órdenes.
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Juez Pablo Cruz Casas
Juez Pablo Cruz Casas, Juez de primera instancia en el fuero penal.
Es abogado por la Universidad de Buenos Aires con especialidad en derecho penal, finanzas públicas, cyber delitos y Protección de Datos personales.
¨ El foco de objetivo de justicia es mejorar la calidad de vida de las personas mediante la colaboración entre ámbito y público ¨
El Juez nos habló de las políticas de justicia abierta, mismas que tienen que ver con la transparencia, la rendición de cuentas y que tipo de principios recortes son los que se deben llevar en un gobierno abierto, mismos que se replican en el ámbito judicial.
Principios rectores del gobierno abierto:
- Participación
- Accesibilidad
- Proximidad
- Rendición de cuentas
- Innovación
- Perspectiva de género
- Co-creación
- Transparencia
Se vieron grandes oportunidades en casos que se dan en un contexto de violencia de género y ahí se decidió realizar una reestructuración de los datos, para que esa información pudiera convertirse en datos abiertos (accesibles universalmente), situación que nos lleva a una la estructuración de las bases de datos.
Con el tiempo se comenzó a ver en un “iceberg”, la violencia de género hacia la mujer, y a partir de ese momento la información recopilada era vaciada en una tabla de datos, con el propósito de generar estadísticas, por ejemplo, indicando el tipo de violencia (económica, psicológica, etc.).
En el afán de avanzar hacia la digitalización, se decidió que los datos personales que se recababan de manera manual, ahora lo harían con inteligencia artificial y de esta manera automatizar sus procesos, a través de la Inteligencia Artificial y eficientar procesos.
De igual manera, el Juez nos habló de “ODESLA” la cual es una Asociación Civil que mediante el uso de “data science” ayuda a procesar las denuncias realizadas por mujeres a través de un algoritmo que analiza el texto y lo convierte a una tabla de Excel con los datos de interés para el juzgado, por ejemplo, frases con las que se agredió a una mujer, características del agresor, características de la víctima para tener datos más duros para la mejor toma de decisiones, etc. Lo anterior, debe ser confirmado por un experto.
También se habló de “TOOLKIT”, herramienta resultante de una alianza con ONU MUJERES la cual confrontará y ofrecerá al operador de datos un dictamen, buscando se agilice la atención a las víctimas.
“PNUD” (PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO), es el primer desafió innovación. El uso de las TICS ha resultado todo un reto ya que existe una reticencia hacia las tecnologías de la información.
Por otro lado, “TEKAL” es un modelo de predicción de tipos de violencia
Los datos no son neutrales y necesitan:
- supervisión humana
- robustez y seguridad
- Privacidad y control
- Transparencia
- Inclusión y diversidad
- No discriminación y equidad
- Bienestar social y ambiental
- Responsabilidad
El foco de objetivo de justicia es mejorar la calidad de vida de las personas mediante la colaboración entre ámbito y público, hay que hacerlo plural.
Necesitamos reaccionar a los peligros de la utilización de la tecnología con los datos sensibles que usan los juzgados, seguramente habrá errores, pero tenemos que adaptarnos
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Ricardo Alfredo Sodi Cuéllar
Ricardo Alfredo Sodi Cuéllar, Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México y del Consejo de la Judicatura Federal.
Abogado por la Escuela Libre de Derecho con maestría en derecho internacional y diplomacia con el Instituto Matías Romero y es doctor en derecho por la Universidad Complutense de Madrid.
“Los activos virtuales van a ser una cuestión ya no del futuro sino de inmediato presente que tenemos que admitir como parte de nuestros sistemas de regulación del derecho y sobre todo de administración de Justicia”
El magistrado nos platicó sobre la experiencia que ha tenido el Poder Judicial del Estado de México enfrentando la pandemia a través del Tribunal, en un principio para valorar para la situación del Tribunal se decidió suspender labores, tal y como lo hizo todo el Poder Judicial federal y todos los poderes judiciales del resto de las entidades federativas. El proceso de suspensión fue muy breve, en principio se mantuvieron las actividades esenciales, que no admiten demora, como la materia penal y las situaciones restrictivas de la libertad, también aquellas relacionadas con violencia familiar y el pago de pensiones alimenticias. Posteriormente se ampliaron los servicios del Tribunal digital, con el apoyo de la justicia digital, y se publicó un acuerdo en el que se puede apreciar como la innovación y la combinación con la tecnología, en un principio, permitió reabrir el Tribunal a los servicios de impartición de Justicia, prácticamente a la totalidad de ellos.
Se logró un avance importante en los servicios de administración de Justicia, en julio de 2020 se abrió parcialmente el servicio al público, se tuvo que organizar el trabajo, las actividades presenciales, la ampliación de horarios de servicio y, sobre todo, lo más importante, la promoción de la firma judicial, la firma digital qué es la llave que abre el portal del Tribunal electrónico. Solamente de marzo de 2020 a marzo de 2021 se gestionaron 44, 347 firmas.
Lo anterior permitió no suspender, incluso en pandemia, las actividades del Tribunal de Justicia electrónico, se pudo llevar a cabo la presentación de demandas y promociones vía digital, el envío de exhortos electrónicos tanto a la Federación como con la Ciudad de México, también se pudieron hacer diligencias para solicitar peritajes y citas con peritos, la presentación de recursos de apelación y lo más importante, las consultas de todos los expedientes del Poder Judicial digitalizados a partir del 2015, los anteriores a esa fecha todavía no se han digitalizado al 100% .
Permite tener un ejercicio de contabilidad gubernamental sumamente eficiente con un reporte prácticamente al día de cuáles son los costos y gastos de la administración de Justicia en el Estado de México, también se establecieron centrales de actuarios, alertas del cumplimiento de tiempos procesales, interconexión con los principales órganos, indicadores de eficiencia institucional, la reducción de tiempos procesales y la optimización en los tiempos y el dinero no sólo para la institución sino para los abogados.
Se ha hecho un cambio de paradigmas con el teletrabajo, se ahorran tiempos en traslados, en interconexiones innecesarias, que hacen más eficiente el trabajo.
Se debe tomar en cuenta la importancia de la enseñanza del derecho administración de Justicia, la inteligencia artificial, blockchain, Smart contracts, Big Data, etc., que los activos virtuales van a ser una cuestión ya no del futuro sino de inmediato presente que tenemos que admitir como parte de nuestros sistemas de regulación del derecho y sobre todo de administración de Justicia.
El comercio electrónico también va a marcar las pautas de una estructura más ágil en las relaciones, por eso los tribunales superiores de Justicia deben de aprender y adaptarse rápidamente y generar 4 cosas importantes en el mercado:
- Confianza: generar una confianza digital vía capacitación de los usuarios.
- Creatividad: aplicar técnicas creativas al análisis de solución de problemas para encontrar soluciones menos tradicionales. Empatizar también en la investigación de los problemas reales de los usuarios y proponer ideas creativas novedosas, pensar cambiar el esquema de desarrollo de soluciones al fin de crear modelos de gestión digitales.
- Sencillez: eliminar procesos poco útiles.
- Agilidad: la gestión de proyectos tiene que ser creada enfocada a pequeñas estrategias de entregas rápidas de servicios digitales para resolver problemas inmediatos.
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Magistrada María Claudia Cachapuz
Magistrada María Claudia Cachapuz, Profesora en la Universidad Federal de Río Grande do Sul.
Licenciada en Ciencias Políticas y sociales por la Universidad Federal de Rio grande do Sul, licenciada en comunicación social y periodismo por la Pontificia Universidad Católica de Río Grande do Sul.
“Todas las normas que tratan sobre derechos fundamentales en el ámbito del derecho constitucional también tratan derechos de personalidad”.
La magistrada nos habló sobre la justicia digital y la problemática en las indicaciones normativas desde la perspectiva del sistema judicial brasileño. Nos habla de la idea autodeterminación informativa, la idea de una comisión que sea elemental para el funcionamiento de una comunidad democrática fundada en la capacidad de acción conjunta de sus ciudadanos.
Por tanto, la información, aunque esté a relacionada con la persona solamente es reconocida en una realidad social, no existe una idea de propiedad, pero sí atributos de personalidad. Todas las normas que tratan sobre derechos fundamentales en el ámbito del derecho constitucional también tratan derechos de personalidad, comprendemos que son disposiciones del derecho fundamental y esto parte por lo tanto en Brasil, de la Constitución general en su artículo quinto que es el artículo general sobre las garantías individuales de derechos fundamentales.
Al hablar de derecho a la intimidad, la vida privada, el honor y la imagen de la persona hablamos de una esfera social y privada, estas características son consideradas como inviolables y, por lo tanto, estamos hablando de una herramienta de carácter constitucional, misma que habla sobre normas fundamentales. Apenas en el siglo XXI, en Brasil, se redactó un capítulo específico de los derechos de la personalidad, no solamente en la parte general del Código Civil, sino un capítulo de derechos de personalidad entre los artículos 11, lo que nos interesa de forma más específica, es el artículo 21 en él se habla con la misma tónica de la Constitución, que la vida privada de la persona es inviolable y hace una cláusula general para el juez, para que a solicitud del interesado se adopten las medidas necesarias para evitar o restringir, cuando necesario un acto, contrario a esta.
Por tanto, tenemos en el carácter infra constitucional la misma fuerza de garantía que en el ámbito constitucional, para las relaciones entre privados. En la ley de acceso a información, en su artículo 31, también se aplica una situación de disposición normativa específica para las cuestiones de derechos de personalidad en oposición o no oposición, para complementar con la idea de transparencia y publicidad de los datos personales. El tratamiento de la información personal que se debe realizar de manera transparente y respetando la privacidad, la intimidad, el honor y la imagen de la persona, así como garantizando las libertades y las garantías individuales y todas las demás que se apliquen a la idea de interés público y de acceso a la información.
Con la publicación de la Ley General de Protección de Datos personales, se le dio importancia a la idea fundamental del respeto por la privacidad y por primera vez se vió la expresión del concepto de la idea de autodeterminación.
En cuanto a la Justicia digital, la misma se transforma en una cuestión automática y por fin las partes pueden tener armonía al momento de celebrar el negocio jurídico procesal, esto en el sentido de autocomposición. Lo que está previsto en código procesal civil por la elección del juicio digital o en ausencia de esta opción, la ejecución de actos procesales.
El problema de control del cumplimiento del principio de juicio natural del proceso es que está garantizado por la resolución, pero es un desafío material, por cuestiones como el cambio administrativo, competencia o materiales. Existe una tendencia a la digitalización de los procedimientos por ser estas maneras más eficaces de impartir justicia.
A partir de este conjunto de principios y de este conjunto de herramientas tecnológicas es que funciona en México la justicia digital.
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Dra. Anahiby Becerril Gil
Dra. Anahiby Becerril Gil, Especialista en derechos tecnológicos.
Licenciada en derecho por la Universidad de las Américas Puebla (UDLAP) Doctora en derecho, especialista en gobernabilidad derechos humanos y cultura de paz por la Universidad Castilla La Mancha España.
“El Estado debe garantizar el derecho de acceso a las tecnologías de la información y la comunicación”.
La Doctora Anahiby nos habló sobre la justicia digital, de los retos y perspectivas de la misma, desde hace ya tiempo tenemos cambios en materia legislativa que nos han permitido llevar a cabo y empezar a implementar la justicia digital. Desde el año 2000 tenemos las reformas del Código Civil y el código de Comercio, mismas que hablan sobre los mensajes de datos, que son la manifestación de la voluntad y se puede realizar por medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología.
El principio de equivalencia funcional también busca que, por medios electrónicos, se dé una neutralidad tecnológica, podemos ver el impacto en el ámbito jurídico y en la impartición de Justicia.
En el año 2012, en la resolución de Naciones Unidas de promoción, protección y disfrute de los derechos humanos en internet, se reconoce a internet como una herramienta para el ejercicio de Derechos Humanos, se declaró en primera instancia que nuestros derechos humanos deben estar garantizados tanto en el mundo offline como en el mundo físico, se reconoció que el internet también podría llegar a vulnerar otros derechos como la Protección de Datos personales. El Estado debe garantizar el derecho de acceso a las tecnologías de la información y la comunicación, incluido internet y banda ancha, y este es uno de los puntos más relevantes a considerar.
Algunos de los esfuerzos institucionales implican la implementación de sistemas de gestión procesal y apoyo judicial, juicios en línea, llevar un expediente electrónico e intercambio de documentos procesales por vía electrónica, sistemas de consulta centrados en los usuarios, reutilización del conocimiento jurídico, mejores prácticas, interoperabilidad de sistemas y seguridad de la información, entre otros.
Es importante mencionar que para que la justicia digital tenga un efecto real, se deben realizar varias acciones, entre ellas esta la desmaterialización de las comunicaciones, la eficiencia y certeza jurídica de la equivalencia funcional y neutralidad tecnológica y la digitalización de procesos de forma eficiente, componentes que ayudarán al desarrollo correcto de la práctica.
Para poder mejorar en el marco de Justicia digital, algo que se necesita tener una es la estrategia de una Agenda Digital para el Poder Judicial, misma que deberá contener:
- Principios, valores y líneas de acción
- Monitoreo y mejora continua
- Capacitación continua
- Educación y sensibilización
Por último, tenemos que buscar que la justicia sea para todos, pero para que la justicia digital realmente lo sea, debe ser accesible para todas las personas, tanto en el ámbito de internet de calidad, como tener acceso a los dispositivos, etc. Existen muchos retos, como:
- Acceso a la tecnología a todas las personas
- Marco jurídico certero y estándares técnicos
- Desarrollo e implementación de infraestructura
- Interoperabilidad de los sistemas
- Seguridad de la Información
- Sistemas resilientes
- Plataforma tecnológica eficiente
- Capacitación de operadores jurídicos, abogados y sociedad en general
Lo importante es generar conciencia alrededor de la situación y actuar en consecuencia.
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Magistrado Luis Efrén Ríos Vega
Luis Efrén Ríos Vega, Magistrado en el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Coahuila.
Doctor en estudios avanzados en derechos humanos por la Universidad Carlos tercero de Madrid, fue director general y fundador de la Academia Interamericana de Derechos Humanos.
“La justicia es un bien común”
El magistrado decidió abordar la problemática e implicaciones que conlleva la justicia digital y decidió dividirlo en 5 problemas principales.
El primer problema que enfrentan los jueces tiene que ver con el significado constitucional de la justicia digital, ¿Qué se entiende constitucionalmente como justicia digital? ¿Qué se entiende por tribunal previamente establecido? las formalidades esenciales, la igualdad, la certeza e igualdad, el concepto de acceso a la justicia y el uso de las tecnologías, son palabras cuyo significado es importante definir, ya que no únicamente se trata de un problema de lenguaje, sino incluso es un problema constitucional, los actores en derecho, deben ser capaces de reconocer cada uno de los componente antes mencionados, así como poder entender de la publicidad del juicio, como se desarrollan los juicios únicos, la protección de datos personales y el derecho al olvido en juicios en línea. Lo anterior en razón de poder llevar la justicia digital al nivel donde debe estar.
Se ha acelerado la digitalización de la justicia, el senado hizo una reforma al artículo 17 constitucional, que, si se aprueba, será bueno para la justicia por medios digitales, pero también dará una nueva interpretación constitucional, todo lo cual nos lleva a una nueva idea del debido proceso digital. Se nos plantea una evolución judicial que nos va a obligar a repensar derechos y garantías en derecho digital.
El segundo problema es “la costumbre judicial”, los jueces están formados de tal manera que generan una serie de costumbres que son difíciles de desarraigar en el esquema tradicional. Esas prácticas se traducen en los actos procesales que los jueces piden para el debido proceso. La igualdad procesal, la no discriminación, la certeza de las formas judiciales, etc. Todo esto nos va a ir revelando las buenas y malas prácticas a la hora de impartir justicia.
El tercer problema es el uso de la tecnología, no toda la tecnología se encuentra disponible para todas las partes, la brecha digital es importante. Cuando se considera servicio público, se deben ciertos estándares, la formalidad en el uso de las tecnologías, la reingeniería procesal, y la inteligencia artificial que se puede usar en los procesos, de manera tal, que nos ayuden a ser mas eficaces en la impartición de justicia.
El cuarto problema es la implementación práctica, el cómo se debe presentar en juicio la información, la autentificación de las partes, la comparecencia, la publicidad, las formas, el expediente en línea, el tribunal inteligente, el funcionamiento judicial digital y el teletrabajo. Es importante desarrollar buenas prácticas y recomendaciones adecuadas para ser eficientes.
El último y quinto problema es si los tribunales digitales e inteligentes, son posibles, funcionales, útiles y necesarios. Debe existir una estrategia nacional para generar todo un proceso de política pública. El estado y los poderes judiciales deben asumir la responsabilidad de llevar a cabo esta consigna. La justicia es un bien común y si se plantea un pacto nacional, esto debe impactar en el ámbito laboral.
Los jueces tendrán diversas problemáticas que vendrán con la digitalización, pero al final tendremos una ventaja y eso es que podremos llevar juicios digitales y realmente otorgar el acceso a la justicia.
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Maestra Isabella Galeano
Maestra Isabella Galeano (Director Legal de Abertis Mobility Services)
Maestra en derecho por la Universidad de Georgetown y pertenece también a la barra de Nueva York, asesora en proyectos tecnológicos en el sector de movilidad y también es consultor de innovación legal.
“En el sector jurídico hay una cosa muy importante a tener en cuenta que es que la regulación y la utilización de la inteligencia artificial en todos los ámbitos, pero especialmente en el jurídico”
La maestra Isabella nos habló de cuáles son aquellas partes del proceso judicial en las que se puede utilizar la inteligencia artificial y cuáles son los debates internacionales que existen al respecto. En el sector jurídico hay una cosa muy importante a tener en cuenta que es que la regulación y la utilización de la inteligencia artificial en todos los ámbitos, pero especialmente en el jurídico, es una cuestión con un alto impacto geopolítico, misma situación que influye en cuáles son los valores que se están enfatizando y que se están persiguiendo.
Cuando hablamos de inteligencia artificial y derecho debemos saber cuáles son los grandes retos, hablamos de cuestiones éticas, de sesgos en la utilización, de los datos de perpetuación de modelos históricos, de discriminación, de transparencia y de cómo todas estas piezas encajan para construir un sistema que realmente nos acerque a una justicia más justa y no simplemente reafirmar los mismos sesgos que ya veníamos teniendo.
En Europa se quiere dar un enfoque a la regulación centrada en el ser humano, al menos estos son las declaraciones oficiales que está haciendo la Unión Europea y es también interesante darse cuenta como pocos países se están atreviendo a regular de forma definitiva, en general lo que se hace es publicar “recomendaciones”, principios generales, definiendo los límites de la regulación de estos ámbitos, especialmente cómo se aplica la inteligencia artificial al proceso judicial.
Es realmente importante rendir cuentas, dar explicaciones de lo que hay detrás de estos sistemas, de generar una especie de trazabilidad y poder identificar cuáles son esos procesos que se utilizan en los sistemas de inteligencia artificial para llegar a las soluciones o a las decisiones que se toman. ¿En qué ámbitos, dentro de un proceso judicial o en el contexto de un litigio vemos que se está utilizando la inteligencia artificial? identificó claramente 5 casos diferentes:
El primero tiene que ver con la preparación del caso en sí mismo y aquí es todo este tipo de herramientas que nos ayudan a construir un caso, a filtrar la información, a hacer que las búsquedas y revisar documentos de una forma mucho más rápida, sistematizada y no el mecanismo tradicional, la inteligencia artificial va dirigida básicamente a facilitar esta preparación del caso desde el punto de vista más de las evidencias.
El segundo caso, son los análisis de la posibilidad para llegar a un acuerdo con la otra parte y aquí nos situamos todavía en el ámbito de prestigio es importante tener en cuenta que muchas de las herramientas o de las ideas donde se pretende incorporar la inteligencia artificial van en gran medidas dirigidas a acelerar los procesos de Justicia o de alguna forma Latinoamérica será parecido, los jueces de los tribunales están realmente colapsados y entonces lo que se están buscando son mecanismos para solucionar parte de esos litigios sin tener que llegar al estado judicial para así rebajar el número de casos.
El tercer caso es el ámbito en la parte del proceso en la que se interviene, por ejemplo, en ambientes de inteligencia artificial, es el análisis de la posibilidad de ganar el juicio en sí mismo y este quizás es uno de los ámbitos más polémicos, en países como Francia se han prohibido las herramientas dirigidas a hacer predicciones de sentencias.
El cuarto caso es la obtención de financiación y aquí volvemos otra vez a los ámbitos como Estados Unidos y Reino Unido, que tienen sistemas que permiten recabar daños punitivos y por lo tanto indemnizaciones mucho más cuantiosas y beneficiosas, solo tendría sentido para procesos altamente lucrativos.
Por último, se están aplicando sistemas de decisiones automatizadas o predictivos, tiene que ver con la decisión, estos algoritmos se utilizan para decidir cuál es la probabilidad de que una persona realice o no cierta conducta. Ha habido casos polémicos en los que se han intentado utilizar este tipo de programas para conceder o no la libertad condicional, la sentencia más famosa, lo que vino a decir es: que independientemente de lo que dijera el algoritmo, desde el punto de vista de la persona, se hubiera decidido lo mismo y por lo tanto el uso de esta herramienta no era discriminatorio.
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Maestra Anette Numa
Maestra Anette Numa – Asesora en transformación digital para e-Estonia Briefing Center
Licenciada en Ciencias Políticas, tiene una maestría en ciencias políticas y Gobierno, tiene dos maestrías una en la Universidad de Tartu y en el Instituto de Estudios Políticos.
“Menos es más”
La maestra Anette Numa comenta que ellos para realizar el proceso de transformación, buscan crear servicios sencillos, nos platicó con gran orgullo del sector judicial en Estonia, como están sus jueces, cortes, abogados, como es que ha cambiado su vida y profesión gracias a los servicios digitales y la inteligencia artificial.
En Estonia y más específicamente hablando de justicia, se cuenta con 3 pilares:
- Confidencialidad: esto es por temas de seguridad y se utilizan herramientas como las identificaciones y tarjetas de todo tipo, electrónicas.
- Disponibilidad: esto se refiere a la posibilidad de revisar los antecedentes de una persona, tienen un sistema llamado “extra” que centraliza la información, misma a la que tienen acceso todas las cortes
- Integridad: utilizan KSI Blockchain, Comandos cibernéticos, etc., todo con la finalidad de que la información sea lo más fiel posible.
Es una Fuente de información abierta, tan solo el año pasado se realizaron 1.5 billones de transacciones entre instituciones, este sistema ha probado su efectividad y agilidad para el intercambio de información. Otro punto importante, es que gracias a todos los avances tecnológicos que existen en el país, la impartición de justicia ha resultado ser mucho más eficaz.
En Estonia cuentan con litigios completamente automatizados, son los procedimientos legales más rápidos de Europa, cuentan con un a un archivo electrónico, un sistema de información para el sistema judicial, asi como un código abierto para el sistema judicial.
Uno de sus principales beneficios son los siguientes:
- Tiempos y costos más eficientes
- Se aumentó la eficiencia y transparencia
- Existe un mejor control sobre los presupuestos
- Se toman mejores decisiones gracias a la información obtenida de manera electrónica
- Todos cuentan con acceso a la justicia
- Cuentan con un gobierno proactivo
- Se utiliza la Inteligencia Artificial en los servicios gubernamentales
- Existe un gobierno digital fuera de las fronteras del país
- Mayor transparencia
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Dr. Jorge Cerdio Herrán
Doctor Jorge Cerdio – Profesor-Investigador de Tiempo Completo
Licenciado en Derecho con mención honorífica por el ITAM, es Doctor distinguido por la Facultad de Derecho de la Ciudad de Buenos Aires, Profesor Investigador de tiempo completo del ITAM y participa en los programas de Maestría en Derecho Administrativo y Regulación y en los Diplomados de Argumentación Jurídica y Juicios Constitucionales.
“Se necesitan datos y tecnología para generar precedentes en sentido lineal”
El Dr. Cerdio nos habló de la importancia de ir incorporando los cambios constitucionales con la tecnología, en ese sentido, su preocupación actual tiene que ver con un cambio de rumbo en relación a cmo las jurisprudencias ahora se parecen más al sistema del Common law y cree que esta coyuntura da pie para pensar en nuestras capacidades actuales tecnológicas respecto de la búsqueda de antecedentes y este nuevo reto, que es cuando un país necesita acompañar un cambio institucional de tecnología, ¿Cuál es el modelo tecnológico más adecuado?
La presentación se centró en que podemos hacer actualmente con nuestros textos jurisprudenciales y que retos tiene el poder judicial para llevar el cambio tecnológico.
Comentó que la reforma reciente establece que las razones que justifiquen las decisiones contenidas en las sentencias dictadas por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por mayoría de 8 votos, y por las Salas, por mayoría de 4 votos, serán obligatorias para todas las autoridades jurisdiccionales de la Federación y de las entidades federativas.
No es ahora el extracto sino el fallo entero, lo que es una novedad en nuestro sistema jurídico, es un reto el identificar estas razones.
¿Cuál es el mejor modelo para detectar razones?
El reto es presentar un precedente analógicamente pensado, que sea aplicado a casos análogos. Existen nuevos formatos de sentencia, tenemos registros, datos, que pueden actuar como metadatos, texto y referencias intertextuales dentro del mismo sistema. Uno podría establecer las referencias dentro de los textos hacia otros y ponerlo en forma de metadatos, incluso, general hipervínculos para tener referencia en otros textos, pero esto solo es una tecnología lineal. También se tiene la proyección de diferentes algoritmos en el texto para inferir conceptos.
Los futuros precedentes pueden ser aplicados o dejados de aplicar en la medida en que se analice la doctrina que expresa el precedente. En términos realistas, una sentencia puede tener “N” dimensiones para crear la teoría de su precedente, pero el Dr. Cerdio nos explicó un ejemplo con 2 dimensiones, la primera es el daño de la ejecución del delito y la otra es el daño de causa próxima de muerte. En este caso, es aplicable cuando existe un daño y este es grave y, por otra parte, que el daño sea la causa próxima de la muerte de la victima y el daño en su causa gobierna o no su aplicabilidad. Esto es, lo que se requeriría para detectar adecuadamente la correcta analogía.
Lo anterior no es tan simple, porque también se debe extraer del texto los hechos, para saber si ambos casos son análogos y es necesario tener un modelo de analogía de los hechos y es justo en este punto, que el Dr. Cerdio no cree que tengamos la tecnología suficiente, podemos traducir en una red de propiedades procesables para los algoritmos, los hechos de las sentencias, de un lado se requiere que las sentencias tengan muy claro la descripción de los hechos y la otra, es que empecemos a generar algoritmos que reconstruyan esos hechos a modo de redes semánticas y entonces si tendremos 2 lados de la analogía.
En suma, se necesitan datos y tecnología para generar precedentes en sentido lineal, misma que está relativamente a la mano del poder judicial, lo que aún no está tan claro, es si tendremos la capacidad para poder poner en buen uso la inteligencia artificial la reconstrucción de la analogía a nivel de los precedentes, esta tecnología no es novedosa pero nunca se ha puesto a prueba y representa un reto de implementación.
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Magister Jorge Jiménez
Maestro Jorge Gabriel Jiménez – Abogado
Abogado, director y Educador de Colab en la Universidad Francisco Marroquín en Guatemala. Cofundador del Despacho Jurídico Nexus Legal.
“El diseño legal es un nuevo enfoque de cómo resolver los problemas legales”
El Mtro. Jorge Jiménez nos platicó del Diseño Legal, mismo que toma como una herramienta tecnológica para mejorar el sector de justicia. La primera pregunta que nos hace es ¿cómo podemos hacer que el sistema de justicia funcione mejor para la gente? Para el ciudadano común sigue siendo muy difícil el acceso a la justicia, ya que existen varios errores comunes que contribuyen a lo anterior:
- El primer error es que creamos cosas que creemos que la gente va a utilizar, pero que, en realidad, no lo hace.
- El segundo error es que nos encanta planificar y organizar eventos de innovación, sin tener un impacto.
- El tercer error es que llegamos a conclusiones rápidas e invertimos en la primera idea prometedora.
Y es justo en estos puntos donde el diseño puede ser útil. ¿Por qué es importante el design thinking? Pues porque lo anterior nos permite:
- Comunicar la información efectivamente
- Crear herramientas para las tareas de las personas
- Organizar las interacciones del usuario para mejorar su experiencia
- Influir en el comportamiento, cultura y misión de una organización
- Estructurar las reglas, procesos y jerarquía.
Y ¿que diferencia hac eel diseño en la profesión legal?
- Cambiamos la óptica de nuestro trabajo – se trabaja con mira en las necesidades y mentalidad del usuario.
- Utilizamos un proceso deliberado – en lugar de hablar alrededor de un mesa redonda, utilizamos métodos ágiles para llegar a soluciones que se ajusten a las necesidades del usuario.
- Cuando creamos un concepto, lo ponemos en una espiral de prototipado y testeo – queremos llegar a soluciones rápidas repesentando nuestras hipótesis y testeándolas en el lugar de planearlas o investigarlas demasiado.
El diseño legal es un nuevo enfoque de cómo resolver los problemas legales.
Los retos del diseño legal consisten en lo siguiente:
- Mejor comunicación en las políticas, contratos y Comunicaciones legales.
- Uso de nuevas tecnologías para casos reales con un enfoque centrado en el usuario.
- Expandir el tipo de servicios legales que se le ofrecen a los clientes.
- Crear espacios para ser más estratégicos en las decisions de mediano plazo y el diseño organizacional de políticas públicas.
¿Que pueden hacer las Cortes?
Lo más importante es co crear con el usuario, utilizer más tecnología (utilizando el proceso de diseño) y utilizer datos para preparer el camino al uso de tecnologías emergentes.
Las tecnologías emergentes como la inteligencia artificial tienen la promesa de dramáticamente incrementar el acceso a la justicia.
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Mtra. Karla Mariana Rodríguez de la Vega
Maestra Karla Mariana Rodríguez – Titular de la Dirección de Participación Social y Promoción de Derechos Humanos de la SCJN
Egresada de la Escuela Libre de Derecho, en el 2012 ingresó a la SCJN y hasta el año 2018 trabajó en la ponencia del ministro Arturo Zaldívar.
“Lo importante es humanizar el trabajo de la corte y como este impacta en la vida de todas las personas.”
La Maestra Karla Rodríguez nos habló de un proyecto llamado “Narrativa gráfica y derechos humanos”, cumple con todos los parámetros del design thinking. Se realizó una convocatoria pública a nivel nacional para que las personas se acercaran a ilustrar 21 sentencias paradigmáticas, en materia de Derechos Humanos, que han sido dictadas en los últimos 10 años por la SCJN. Aplicaron 116 artistas y fueron seleccionadas 7, todo con la intención de crear a través del lenguaje de los cómics, un acercamiento con la ciudadanía para que conozcan el trabajo que hace la SCJN.
La intención inicial era crear un libro donde constaran las 21 historietas creadas, todo con el apoyo de la sociedad civil. El paso número 1 fue pensar en un proyecto en que las personas fueran el centro de lo que queríamos crear e invitamos a los artistas para que a través de su lenguaje y de una forma accesible, se pudiera traducir el núcleo esencial de protección constitucional que hay en estas sentencias de la corte.
Lo más importante es acercar y vincular a la corte en un diálogo bidireccional con la ciudadanía. También pensamos en como una sentencia que ocupa un lehttps://docs.google.com/document/d/1OGlbNgCf2xnaFELA4Kr1cPtuygletzxF/edit?usp=sharing&ouid=104282239581110482326&rtpof=true&sd=truenguaje muy técnico podía llegar a ser más accesible, que fue como llegamos al arte y al tema de la multidisciplinariedad, el crear el vínculo entre estas sentencias y la sociedad y los artistas involucrados.
Se logró hacer un trabajo de desvinculación para atravesarlos con historias llenas de sentimientos y realidades, con las cuales todas las personas nos podemos ver reflejadas.
La otra parte, es que, llega la pandemia y tienen que repensar cómo traer este proyecto a un mundo virtual, sin dejar de cumplir con su intención y visión iniciales.
Querían que este trabajo fuera realmente utilizado y explotado. Empezaron a diversificar sus redes sociales también, generando contenidos accesibles. Y esto les ha invitado a repensar cómo crear las actividades de participación y promoción para que sean realmente accesibles. Este proyecto creemos que cumple todos los parámetros de un diseño pensado en las personas y para generar una sensibilización de lo que es la justicia y lo que hace por ellas, lo importante es humanizar el trabajo de la corte y cómo éste impacta en la vida de todas las personas.
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Mtro. Santiago Pardo Rodríguez
Maestro Santiago Pardo Rodríguez – Colíder del Lab de Diseño para la Justicia en la Universidad de los Andes
Abogado egresado de la Universidad de los Andes, con un Master en Derecho, Antropología y Sociedad por la London School of Economics, además de un Master en Ciencia del Derecho por la Universidad de Standford.
“La justicia es tan importante que no se puede dejar solo en manos de abogados”
El Maestro Pardo nos habló acerca del Laboratorio de diseño para la Justicia de la Universidad de los Andes, comenzó con un panorama referente a una encuesta realizada en Colombia, misma que él describe como tragedia constitucional, dicha encuesta mide las percepciones de favorabilidad sobre los políticos, instituciones, presidentes de otros países etc.
Desde 2009 la percepción respecto del sistema judicial colombiano es negativa, tiene un 80% de desfavorabilidad. Este es un fracaso del estado colombiano y de los abogados en Colombia. Frente a esto, nosotros en la universidad propusimos la creación de un espacio multidisciplinario, cuyo propósito es crear un espacio para desarrollar una nueva generación de soluciones concretas a problemas relacionados con el acceso a la justicia en Colombia en contextos reales que vincula innovaciones legales, pensamiento sistémico y pensamiento de diseño.
Desde un inicio se decidió juntar los siguientes saberes:
- El pensamiento de diseño
- El repensamiento legal
- El pensamiento sistémico
Todo con un propósito muy particular, la justicia es tan importante que no se puede dejar solo en manos de abogados. La innovación lo que tiene que buscar es desmontar el monopolio del derecho que tenemos los abogados.
En el lab tenemos un principio orientador, que es el trabajo multidisciplinario empírico, trabajando con la parte legislativa, los usuarios, ingenieros, diseñadores y abogados.
Es un llamado a adoptar las nuevas tecnologías, con mucho escepticismo para ver si realmente son la solución, o existen soluciones más baratas, de baja escalabilidad que puedan servir, esto es un llamado a la cautela, para poder determinar de una manera más asertiva y efectiva, si esa tecnología puede brindarnos las soluciones que necesitamos.
Algunos de los prototipos de baja escalabilidad que se han desarrollado en el laboratorio, son los siguientes:
- TUTEVERBALAPP: prototipo que le permite a los ciudadanos narrar su tutela, permitirles que esta narrativa quede plasmada en un documento digital y así presentarla ante cualquier juez en el país.
- TUTELA CANVAS: prototipo de formato en físico, a baja escalabilidad, misma que es una tutela pensada en un formato que le permita a la corte constitucional y al ejército de funcionarios que tiene, identificar un diseño que les permita identificar rápidamente cuáles son los problemas jurídicos y hechos más relevantes.
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Mtra. Nikol Wolpert
Maestra Nikol Wolpert – Profesora y Directora de la Clínica de Innovación y Emprendimiento Social en el ITAM
Licenciada en Derecho, en Ciencias Políticas y Gobierno por el Centro Interdisciplinario Herzliya, así como licenciada en derecho por el ITAM.
“En este mundo en el que nos movemos tanto hacia la Inteligencia Artificial, necesitamos más seres humanos con humanidad.”
La Maestra Wolpert nos habló acerca de la creatividad, innovación y emprendimiento. Nos comenta que la Clínica de Innovación y Emprendimiento Social tiene varios objetivos:
- Crear en los estudiantes del ITAM la capacidad de ver la complejidad de un problema social, el volver a abrirse a los problemas sociales que los rodean.
- Que las mismas personas que viven el problema social diariamente, o que se rodean de él, puedan adentrarse y tengan la necesidad de resolver el mismo de una manera más eficiente.
- Inyectar el chip de innovación en los estudiantes, el ir por la vida pensando el cómo yo podría innovar o como yo podría crear algo.
- Utilizar el Design Thinking para darle herramientas a los estudiantes para analizar el problema social. El Design Thinking nos empuja a escuchar a las personas que realmente viven el problema desde diferentes puntos de vista.
- Y, por último, es el no olvidar que vivimos en un mundo capitalista y necesitamos crear proyectos auto sustentables.
Que los talentos que salgan de ITAM puedan crear negocios autosustentables y generar ideas millonarias. Lo ideal es que la clínica tenga estudiantes de varias ramas disciplinarias. La Clínica trabaja con una ONG, esta establece un problema social y los estudiantes comienzan con la recolección de información, identificación del problema y dar solución.
La Clínica comenzó durante la pandemia, así que todo ha sido online, pero la idea central es que vayan personalmente con las personas envueltas en el problema social y puedan humanizarse más.
Una ONG con la que hemos trabajado es Plan B, asociación que apoya a las mujeres privadas de su libertad, para poderles dar la oportunidad de una reinserción integral en la sociedad. Los estudiantes no solo pensaron en realizar un Marketplace donde vender los productos que generen ellas dentro de las cárceles, sino también un plan de negocio viable y realista para generar ganancias.
Otro proyecto era crear una app para migrantes, donde ellos pudieran conocer sus derechos, todo esto a través del Design Thinking, viendo como esta app puede seguir generando dinero y ser autosustentable.
En conclusión, nuestros estudiantes no aprenden únicamente Design Thinking, sino que también aprenden habilidades blandas que los harán ser mejores personas y mejores profesionistas. En este mundo en el que nos movemos tanto hacia la Inteligencia Artificial, necesitamos más seres humanos con humanidad.
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Alexa Koenig
Doctora Alexa Koeing – Directora del Centro de Derechos Humanos
Profesora de la Universidad de Berkeley, Directora Ejecutiva del Centro de Derechos Humanos.
“A pesar de que dicha guía se encuentra dirigida principalmente a practicantes, las bases que utiliza también pueden ser aplicada a diversas áreas del derecho, principalmente en el litigio”
La Dra. Koeing nos habló respecto del protocolo “online open source investigation”. Es una guía internacional que ayudará a mejorar la admisibilidad y credibilidad y capacidad probatoria del contenido encontrado en las redes sociales e información adicional publicada en la red, misma que es de acceso público, para fortalecer los casos de derechos humanos, derecho humanitario y derecho penal internacional.
A pesar de que dicha guía se encuentra dirigida principalmente a practicantes, las bases que utiliza también pueden ser aplicada a diversas áreas del derecho, principalmente en el litigio.
Dicho documento fue publicado en diciembre de 2020 en el idioma inglés, esperan publicarlo en diversos idiomas para el final del verano.
Una fuente abierta de información digital es toda la información pública disponible, que cualquier individuo puede obtener mediante la observación, solicitud y compra. Todo esto mediante:
- Páginas de internet y blogs
- Foros y salas de chat
- Plataformas de redes sociales
- Plataformas móviles
- Páginas en las que se comparten videos
- Páginas de streaming
- Información gubernamental
- Archivos públicos
- Información de negocios
- Documentos filtrados
Este tipo de información tiene 3 vertientes:
- Inteligencia: que es la información utilizada con el propósito de tomar decisiones
- Información guiada: información que guía a la evidencia
- Evidencia: información que se utiliza para comprobar hechos utilizados en una investigación o presentados en corte
Dentro de esta guía existen 3 principios base por los cuales se rigen:
- Principios profesionales
- Responsabilidad
- Competencia
- Objetividad
- Legalidad
- Conciencia de seguridad
- Principios metodológicos
- Exactitud
- Minimización de información
- Perseveración
- Seguridad por diseño
- Principios éticos
- Dignidad
- Humildad
- Inclusividad
- Independencia
- Transparencia
De igual manera, la evidencia debe ser adquirida en concordancia con la ley, en específico con el derecho a la privacidad, a las leyes de protección de datos, los términos de violación de servicios, la propiedad intelectual y la difamación.
Ya que estamos tan expuestos al internet, también consideró importante hablarnos del necesario asesoramiento respecto de los riesgos digitales, dicho asesoramiento incluye:
- Daño digital
- Daño físico
- Daño psicosocial
- Daño reputacional
- Daño financiero
- Daño legal
En consecuencia, también es importante verificar que se realice el análisis del contenido obtenido, el análisis de dicho contenido y el análisis técnico del mismo.
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Federico Ast
Doctor Federico Ast – Fundador de Kleros
Graduado en economía y en filosofía por la Universidad de Buenos Aires, doctor en dirección de empresas y hotelería de Bussines School, fue orador de TED.
“Kleros debería ser considerado como un medio arbitral válido, la ventaja que tiene es la flexibilidad procedimental”
El Dr. Ast nos habló de Kleros; la justicia centralizada y tecnología blockchain. El trabajo que hacen en la plataforma de Kleros se basa en blockchain, dicho término nace en 2008 en medio de la crisis financiera en estados unidos, y se propone tener una moneda llamada bitcoin desarrollada sobre una base de datos llamada blockchain.
De ahi se derivó la idea del Smart Contract, contrato que se ejecuta solo cuando se cumple la condición dada. Esta idea fue teórica por muchos años hasta que en el 2014 se desarrolla un nuevo blockchain llamado Ethereum, mismo que es parecido al del bitcoin pero con una característica fundamentalmente diferente, que es más sofisticado su lenguaje de programación y cualquier acuerdo que se pueda escribir con la formula “Si X, entonces Y” se puede codificar bajo la forma de un smart contract.
Esta idea empieza a constituir un tipo de tecnología cívica y legal que se va volviendo cada vez mas relevante en un mundo cada vez más globalizado y en el que cada vez más dinero se mueve por medio del internet. Esto trajo diversas situaciones, en las que utilizar un Smart Contract, cada vez resulta ser más útil.
Kleros, es un sistema en el cual las partes acuerdan que, en caso de disputa en su acuerdo, este se va a resolver por medio de un Sistema descentralizado de arbitraje, en caso de que no exista ninguna disputa entre ellos los fondos se transmiten a ambas partes y se termina el acuerdo.
Pero si existe una disputa, se irán a un arbitraje, mismo al que ambos accedieron previamente, por lo que Kleros de manera automática, elegirá a un conjunto de árbitros para analizar la evidencia y votar y todo está construido sobre blockchain, de esta manera nadie podrá modificar la evidencia del caso.
Por ejemplo, si cada árbitro tiene un incentivo para votar como la mayoría, ya que si lo hacen ganan dinero, el punto focal de Kleros sería la verdad sobre la conveniencia, sería asegurar una sentencia imparcial.
Lo importante es cómo encaja en nuestro marco jurídico, respecto del ámbito internacional y las sentencias arbitrales, Kleros debería ser considerado como un medio arbitral válido, la ventaja que tiene es la flexibilidad procedimental.
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Adán Maldonado Sánchez
Doctor Adán Maldonado Sánchez – Miembro de la International Law Association
Candidato a maestro en derecho procesal constitucional por la UP, licenciado en derecho y ciencias sociales con mención honorífica por la Universidad Michoacana de San Nicolás, obtuvo el premio “Padre de la Patria” por su desempeño académico.
“Las notificaciones electrónicas, son de mayor relevancia para la procuración de justicia, ya que funcionan como tutela judicial, como la madre de las notificaciones”
El Dr. Maldonado nos habló de la E-justicia y su regulación en México. El 11 de marzo del 2021, se aprobó un dictamen donde se reforma el artículo 17 constitucional en su cuarto párrafo, mismo que quedó aprobado, y se encuentra en discusión en la Cámara de diputados. Para contribuir a garantizar el acceso a la justicia de forma ágil, oportuna, e incluyente, el PJF y los de las entidades federativas, el tribunal federal de justicia administrativa, y los de las entidades federativas, los tribunales agrarios, los tribunales laborales, los tribunales electorales federal y de las entidades federativas, implementarán sus respectivos sistemas de justicia digital, mediante el uso de las tecnologías de la información y de la comunicación a efecto de substanciar y resolver en línea los juicios en todas sus etapas, así como la consulta e integración de expedientes electrónicos, en los términos de lo dispuesto por la ley.
También la ley establecerá las diligencias y procesos que por su naturaleza deban ser presenciales, para garantizar una adecuada impartición de justicia. Este es el punto de partida por donde se va a construir la e-justicia, existe una jerarquía normativa, de donde va a partir, tanto la SCJN, como los tribunales locales, y van a tomarlo en cuenta para su funcionamiento.
Las notificaciones electrónicas, son de mayor relevancia para la procuración de justicia, ya que funcionan como tutela judicial, como la madre de las notificaciones, que es el emplazamiento. Es de la mayor relevancia para tener un efecto equivalente a la manera física, son comunicaciones electrónicas, en los procesos y procedimientos jurisdiccionales, como la mediación, giran en tres ejes de comunicación. Su finalidad es la comunicación entre las partes, una de ellas es el órgano jurisdiccional, o el órgano materialmente jurisdiccional; otro es hacia las partes, terceros o terceristas, y otro canal, es la interacción con el órgano jurisdiccional, de cualquier orden de gobierno. Los legisladores deben de tener claro los tres ejes para diseñar las notificaciones.
La firma electrónica, es la manifestación de la voluntad, para realizar las transacciones jurídicas de nuestra vida, para expresar nuestra voluntad de manera autógrafa, es una forma en que los derechos y obligaciones figuran de manera cotidiana.
En cambio, la firma digitalizada, es donde se realiza el trazo manual y es escaneado y digitalizado. Misma que tiene una equivalencia funcional a la firma autógrafa.
El sistema probatorio se rige en el sistema tasado y el sistema de libre apreciación. A nivel mundial, se gira en torno a estas dos formas de prueba, se le llama a la prueba a lo que se puede determinar cómo certeza directa, en cambio en la prueba electrónica, se necesitan los medios de convicción.
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Dr. José Luis Martí
Doctor José Luis Martí – Vicerrector de Innovación de la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona
Licenciado en Derecho, Doctor en Teoría Política y Social por la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona. Actualmente, es profesor titular de Filosofía del Derecho y es director del Máster en Ciencias Jurídicas de esta misma universidad.
“La tecnología es totalmente central, pero buena parte de lo que debemos hacer al formar a los futuros ciudadanos es enfocarlos a la cuestión de los valores y principios humanos.”
El Dr. Martí nos habló de la educación integral para la justicia digital. Primeramente nos platicó del marco en el que nos movemos, le gusta recordar que a pesar de que en este momento lo que está de moda es la Inteligencia Artificial, existen otras tecnologías también importantes para el derecho, y que en los inicios de la revolución digital, los individuos que en aquellos momentos estaban sentando las bases, pensaban la tecnología de una manera muy enfocada a ayudar al razonamiento humano, a ayudar a mejorar la sociedad, pero siempre como una ayuda, nunca como un suplemento.
Y en este contexto, uno de los trabajos iniciales del creador del mousse, llamado “Augmenting Human Intellect” me interesa remarcar, que personas como él tenían como absoluta prioridad pensar la tecnología como forma de complemento, que nos ayudará a aumentar la inteligencia colectiva de las sociedades. El Dr. Martí, cree que debemos volver a esto y es que la tecnología siempre es instrumental y nunca un fin en sí mismo y por lo tanto debemos evaluarla en su capacidad para contribuir a esos fines.
La tecnología es totalmente central, pero buena parte de lo que debemos hacer al formar a los futuros ciudadanos es enfocarlos a la cuestión de los valores y principios humanos.
Otro científico importante fue Howard Rheingold, pionero en la revolución digital, nos recordó que estamos en un momento crucial en la historia de la humanidad, ya que nos encontramos en una nueva era, aseveración que le parece al Dr. Martí, sumamente asertiva.
Existen muchas incertidumbres y tenemos como reto repensar los planes de estudio, ya que lo que le enseñemos a los estudiantes les debe ser útil no solo en los siguientes 2 años, sino que durante 30 años o lo que les dure su vida profesional.
Respecto de la Inteligencia Artificial, aplicada al ámbito de la justicia, no debe llevarnos a pensar que algoritmos o robots se encontrarán reemplazando a los jueces y tomando decisiones, estamos muy lejos de este punto, no sabe si algún día pasará, pero el fin de la tecnología no es sustituirnos sino ayudarnos.
La fiabilidad de los algoritmos para predecir decisiones va a ir aumentando, pero lo que necesitamos es ser capaces de pensar mejor la resolución de casos y aprender para mejorar en esa resolución de casos, habilidad que solo tienen muy desarrollada los seres humanos, mientras que la tecnología sólo podría, en este caso, ser un apoyo para los operadores jurídicos.
Las aplicaciones posibles de la Inteligencia Artificial van más allá, como la codificación del derecho o el uso de herramientas digitales estratégicas, o el sistema descentralizado de justicia – Kleros – en el que seres humanos forman parte de juzgados y arbitran como tales a través de una app de manera segura. Todo esto gracias a la seguridad que nos proporciona Blockchain.
Por último, termina con una reflexión respecto de los planes de estudio, son 5 principios que el considera básicos, para guiar a las facultades de derecho:
- Flexibilidad
- Multi-trans- e interdisciplinariedad
- Pensamiento crítico y creativo
- Fundamentos ético-políticos
- Lifelong learning
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Dr. Joel A. Gómez Treviño
Doctor Joel A. Gómez Treviño – Socio director de Lex Informática Abogados
Licenciado en Derecho por el ITSEM, especialista en Derecho Digital, Propiedad Intelectual y Protección de Datos Personales, maestría en Derecho Comercial Internacional por la Universidad de Arizona y cuenta con un doctorado en Derecho Internacional Comparado.
“El tema con la Inteligencia Artificial es que tenemos que reconocerla como una herramienta para mejorar nuestros procesos y servicios jurídicos”
El Dr. Nos habló de la Inteligencia Artificial en el Derecho. Alrededor del 60% de todas las ocupaciones tienen un 30% actividades que son automatizables y el porcentaje global ponderado de actividades que realizan empleados que se puede automatizar mediante la adaptación de las tecnologías actualmente demostradas, se muestra más de un 51% en México, de actividades automatizables.
Como ejemplo, una compañía invitó a un grupo de 20 abogados a competir en contra de una inteligencia artificial programada para alertar en errores en documentos legales o contratos. Se les dio a los participantes 4 horas para revisar 5 acuerdos de confidencialidad, en busca de 30 problemas legales diferentes que se encuentran usualmente en contratos comerciales.
En los resultados finales, el grupo de abogados fue capaz de encontrar el 85% de los errores plantados en los contratos, mientras que la inteligencia artificial pudo detectar el 94% de los fallos, mismos que encontró en 26 segundos.
El tema con la Inteligencia Artificial es que tenemos que reconocerla como una herramienta para mejorar nuestros procesos y servicios jurídicos.
Ross Intelligence, es una aplicación legal de Watson de IBM, que anuncia la capacidad de proporcionar respuestas concisas a preguntas legales en lenguaje natural. LegalZoom, RocketLawyer y otros proveedores de servicios legales en línea producen testamentos básicos, acuerdos de divorcio, contratos y documentos de incorporación sin la participación de un abogado.
Estas tecnologías desafían la visión tradicionalista de que la legislación es irreductiblemente humana, y nos obliga a reconocer que las computadoras están cambiando la forma en que se practica la ley.
Derivado de lo anterior, el Dr. Gómez comenta que el término “legal tech” no es un término nuevo, sino un derivado mejorado de la “informática jurídica”, en sus vertientes documental, operacional y procesal principalmente.
Desde su punto de vista, el término “Legal Tech” suele asociarse a startups que brindan servicios tecnológicos que:
- Reducen o eliminan la necesidad de consultar a un abogado
- Facilitan, agilizan y economizan la prestación de servicios jurídicos
- Permiten al abogado hacer su trabajo o brindar sus servicios de manera más rápida y eficiente, o
- Posibilitan a la empresa ahorros importantes al disminuir el costo de servicios legales por aquellos que se obtienen de manera automatizada
Pero los 4 elementos que siempre se encuentran presentes en el “Legal Tech” son:
- El derecho
- La tecnología
- La innovación
- La transformación
La Inteligencia Artificial puede ayudar a los abogados a ser más eficientes y no para su sustitución.
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Dra. Joyce Sadka
Doctora Joyce Sadka – Investigadora del departamento de derecho del Centro de Investigación Económica del ITAM
Profesora asistente e investigadora auxiliar del Departamento de Derecho y al Centro de Investigación Económica, licenciada en matemáticas por la American University of Beirut Líbano, Maestra en Economía, Doctora en Economía y Doctora en Jurisprudencia.
“La Inteligencia Artificial se puede utilizar para mejorar las decisiones humanas, particularmente resolviendo problemas de agencia entre humanos.”
La Dra. Joyce nos habló sobre la educación para la justicia digital y comienza con la pregunta ¿Por qué queremos justicia digital? Y su aproximación, nos cuenta, es un poco diferente a sus pares, para ella la justicia digital es útil, porque es la herramienta por excelencia, desde su punto de vista, para:
- El acceso a la justicia
- Dar posibilidades para realizar procedimientos remotos
- Ahorrar tiempo y esfuerzo a partes y servidores públicos
- Porque existen muchos procesos automatizables, ya que la justicia no solo se imparte, sino que también se administra
- Cree importante el automatizar y estandarizar la mejora del desempeño de los servidores públicos y de las instituciones en las partes no automatizables
- Inhibir la discrecionalidad y aumenta la transparencia
- Comprometer a la comunicación y colaboración interinstitucional
Nos comparte un par de ejemplos:
- Nueva Ley Federal del Trabajo – en la que hace obligatoria la implementación y uso de sistemas electrónicos de gestión, en el Centro Federal de Conciliación y Arbitraje, los Centros de Conciliación locales y los poderes judiciales de nivel federal y local.
Estas obligaciones por lo general se pueden clasificar en las siguientes categorías:
- Recepción de información del público vía electrónica
- Recepción de información requerida de los sindicatos vía electrónica
- Comunicación electrónica entre las autoridades
- Notificaciones electrónicas a las partes
- Un segundo ejemplo es “la calculadora” misma que es una colección de modelos de predicción estadísticos de Inteligencia Artificial, para predecir:
- Probabilidades de diferentes resultados
- Duración del juicio
- Cantidad de compensación obtenida
Lo anterior se ha probado en varios experimentos, con el consistente resultado de aumentar en 33-50% la tasa de convenios conciliatorios.
Otros buenos resultados han sido mejorar la calidad de la representación legal, otorgar mayor satisfacción con el proceso de justicia y en consecuencia un mayor nivel de bienestar.
Estos son un ejemplo de cómo la Inteligencia Artificial se puede utilizar para mejorar las decisiones humanas, particularmente resolviendo problemas de agencia entre humanos.
Sin embargo, las claves para una implementación exitosa son:
- La obligatoriedad
- El soporte – se deben conjuntar aspectos de derecho y de tecnología
- Recordar que aun cuando incluye aspectos de Inteligencia Emocional un sistema digital, este no reemplaza el pensamiento humano, la conciencia humana y nunca es perfecto.
Por último, nos habló de los retos en México, mismos que se encuentran relacionados con la interpretación, la identidad, firmas y certificaciones, la coordinación entre instituciones en la justicia digital, la capacitación de operadores jurídicos y la educación de nuevas generaciones.
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Dra. Ilsse Carolina Torres Ortega
Doctora Ilsse Carolina Torres Ortega
Doctora en derecho por la Universidad de Alicante, Master en derecho ambiental y de la sostenibilidad y Master en argumentación jurídica, ambos otorgados por la Universidad de Alicante.
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La Dra. Torres nos habló de cómo debemos pensar la educación en un contexto de justicia digital. Ella propone entender el lugar que ocupa la justicia digital, la incorporación de la tecnología en el derecho no puede reducirse a una cuestión de mera eficacia, a una serie de innovaciones entendidas como alternativas operacionales en el desarrollo de lo que son las funciones jurídicas. A la preparación de estas innovaciones subyace un ideario, aunque no siempre se haga explícito, que ve en la tecnología el potencial y cumplir con los fines tradicionales atribuidos al derecho.
En estos términos, la justicia digital no es una transformación cualquiera en la forma de llevar a cabo las actividades profesionales que son típicas del derecho, es decir, su carácter no es o no debería ser solamente un carácter instrumental y la justicia digital estaría más bien formando parte de lo que es la propia sustancia de los fines del tipo de sociedad que deseamos ser y que por tanto deseamos ir construyendo.
La digitalización y los procesos tecnológicos asociados a ella se le conciben como una enorme revolución sociopolítica y jurídico-moral. Se nos presentan a través de estos cambios un escenario que es entre utópico y distópico para el derecho, en el sentido de que paradójicamente el éxito de la justicia digital sería en cierta forma el fracaso del proyecto del derecho como praxis en el sentido de fenómeno normativo abstracto.
Ya que, si es deseable que la tecnología imparta justicia, cabe preguntarnos para qué necesitamos a los profesionales del derecho, de cumplirse estas promesas y de converger su razón de ser sería como instrumento de ordenación de la vida social sobre la base de valores y principios creados y centrados en el ser humano.
Resulta urgente traer a la agenda educativa las advertencias que realizan diversos filósofos, por ejemplo, una ciudadanía democrática debe tener por lo menos la capacidad socrática de pensamiento crítico, la capacidad de percibirse como miembro de una nación y de un mundo en el que son heterogéneos y también la capacidad de imaginar comprensivamente como puede ser la vida de otra persona.
Y por lo que a nosotros compete, tener en cuenta que las instituciones de educación superior reciben la encomienda de la educación, de la formación de los futuros profesionales de distintas áreas profesionales y hablamos de un interés general.
La universidad está asumiendo un rol social muy importante que debe arrogarse con toda la responsabilidad que esto conlleva, tomando en cuenta la aportación de la educación, las universidades deben procurar formar agentes morales capaces de reconocer las grandes implicaciones de su actuar en la sociedad, especialmente en la profesión que hayan decidido llevar a cabo.
El empoderamiento tecnológico de la ciudadanía es importante que sea justo, democrático y responsable, alineado a la investigación y a la innovación responsable.
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¿Qué nos impulsó a generar un evento como este?
Más allá de los cambios y requerimientos generados por la pandemia de COVID-19, ya nuestro país se había visto en la necesidad de implementar, legislar y reglamentar lo que conocemos como Justicia Digital. Sin embargo, este ha sido un proceso que ha tomado varios años y los pasos hacia su consolidación se han ido dando por etapas.
En esta ruta de implementación, se han podido detectar no sólo carencias y desconocimiento, también avances y aciertos en cuanto a las tecnologías que se requieren en esta modalidad de atención a la ciudadanía, también se han percibido en cuanto a los criterios bajo los cuales se están desarrollando las actividades humanas, como toma de decisiones, análisis profundo de sus pros y contras, preparación, reglamentaciones, aceptación del uso de las mismas y criterios orientados hacia el fin último de los procesos judiciales, entre ellos, los juicios y resoluciones en línea.
Mucho de esto que estamos planteando son los puntos que se han ido abordando en el Webinar Internacional Justicia Digital, Inteligencia Artificial y Derechos Humanos a través de un diálogo académico e interinstitucional entre sociedad civil internacional, gobierno, y academia, que ha permitido socializar los proyectos de innovación e informática jurídica que utilizan los ponentes e instituciones participantes. Se espera que con esto se puedan crecer los esfuerzos y generar soluciones innovadoras que mejoren el acceso a la justicia en México.
Podemos decir que la Justicia Digital ya es un hecho en nuestro país, puesto que ya se reconoce como un derecho fundamental de los mexicanos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos mediante la aprobación del proyecto de decreto por el que se reformó el Artículo 17 de nuestra Carta Magna, a fin de que el Poder Judicial de la Federación y todos los tribunales estatales implementen sistemas de justicia a través del uso de tecnologías de información para resolver en línea los procedimientos jurisdiccionales en todas sus etapas. Esta aprobación se dio el 11 de marzo de este 2021, en el Pleno del Senado de la República.
Sin embargo, la aprobación en el Congreso y su publicación no lo es todo, tendrá que seguirse trabajando en el entendimiento de sus alcances y en el conocimiento de los mejores mecanismos por los que se puedan potencializar las diversas tecnologías, plataformas y programas digitales, como la Inteligencia Artificial, por un lado, y por el otro, imprimirles los criterios indiscutibles de los Derechos Humanos. Y el mejor recurso con el que contamos son las experiencias y puntos de vista de los ponentes que están participando en estas transmisiones mensuales del Webinar Internacional Justicia Digital, Inteligencia Artificial y Derechos Humanos.